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NORMATIVA CLIMATIZACIÓN

Si está pensando en poner aire acondicionado es importante que conozca la nueva ley: los equipos que contengan gases fluorados, solo podrán ser instalados por un profesional que posea certificado para la manipulación de este tipo de gases y que trabaje en una empresa instaladora habilitada.

Además, como comprador también tiene sus obligaciones y posibles multas si las incumpliera.

 Se las contamos.

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En febrero de 2017 se aprobó el RD 115/2017, en el que pasa a regularse la venta y manipulación de aquellos equipos que contengan gases fluorados y no estén sellados herméticamente, como es el caso de los actuales sistemas de aire acondicionado, refrigeración y bombas de calor.

​DOBLE CERTIFICACIÓN

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Los equipos solamente podrán ser instalados por un profesional que posea un certificado para la manipulación de gases fluorados y que trabaje en una empresa instaladora habilitada para la realización de instalaciones de aparatos con este tipo de gases.

Es decir, se requiere una doble certificación:

  • Como profesional certificado para la manipulación de gases fluorados.

  • Como empresa habilitada para los gases fluorados.

La necesidad de contar con profesionales debidamente formados y certificados en la manipulación de estos sistemas se debe principalmente a que se trata de elementos altamente contaminantes.

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OBLIGACIONES VENDEDOR Y COMPRADOR​

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El vendedor debe informar al comprador de que la instalación sólo puede ser realizada por una empresa habilitada.

 

El comprador debe enviar al vendedor, en un periodo máximo de un año el Anexo VI, parte B firmado por él y el instalador que haya realizado la instalación.

 

El vendedor está obligado a informar a las autoridades competentes de su Comunidad Autónoma, de los compradores que no le hayan facilitado el Anexo VI, parte B.

 

El incumplimiento por parte del comprador o del vendedor, podrá suponer multas de hasta 20.000 €.

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