
NORMATIVA
Si está pensando en poner aire acondicionado es importante que conozca la nueva ley: los equipos que contengan gases fluorados, solo podrán ser instalados por un profesional que posea certificado para la manipulación de este tipo de gases y que trabaje en una empresa instaladora habilitada.
Además, como comprador también tiene sus obligaciones y posibles multas si las incumpliera.
Se las contamos.
En febrero de 2017 se aprobó el RD 115/2017, en el que pasa a regularse la venta y manipulación de aquellos equipos que contengan gases fluorados y no estén sellados herméticamente, como es el caso de los actuales sistemas de aire acondicionado, refrigeración y bombas de calor.
DOBLE CERTIFICACIÓN
Los equipos solamente podrán ser instalados por un profesional que posea un certificado para la manipulación de gases fluorados y que trabaje en una empresa instaladora habilitada para la realización de instalaciones de aparatos con este tipo de gases.
Es decir, se requiere una doble certificación:
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Como profesional certificado para la manipulación de gases fluorados.
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Como empresa habilitada para los gases fluorados.
La necesidad de contar con profesionales debidamente formados y certificados en la manipulación de estos sistemas se debe principalmente a que se trata de elementos altamente contaminantes.
OBLIGACIONES VENDEDOR Y COMPRADOR
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El vendedor debe informar al comprador de que la instalación sólo puede ser realizada por una empresa habilitada.
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El comprador debe enviar al vendedor, en un periodo máximo de un año el Anexo VI, parte B firmado por él y el instalador que haya realizado la instalación.
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El vendedor está obligado a informar a las autoridades competentes de su Comunidad Autónoma, de los compradores que no le hayan facilitado el Anexo VI, parte B.
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El incumplimiento por parte del comprador o del vendedor, podrá suponer multas de hasta 20.000 €.
En la web del Ministerio de Industria puedes consultar las empresas que ya cuentan con certificación de gases fluorados.